“Notas y Propuestas. El Sistema Nacional de Planeación en Colombia”.
Grupo No 2.
AUTORA: STELLA ALARCON:
El Estado toma el compromiso de originar el desarrollo económico, las garantías sociales para el despliegue de una racionalidad capitalista modernizante, el estado es el intervencionista y una de las herramientas de connotación es la planeación.
En la presidencia de Lleras Restrepo, Institucionalizó la planeación de Colombia y posee a manera cuatro acciones objetivas como son: Financiera, Redistribución de ingresos, Infraestructura económica y creación de empresas.
En la lógica del mercado prima lo personal frente al perfil de la redistribución del ingreso social de seguridad y previsión.
La racionalidad de la concertación, con la implementación de modelos neoliberales busca la desburocratización del estado y se encauza en la capacidad de eficiencia de la acción económica estatal. Superar los efectos negativos.
Esto no se puede dar, ya que los sectores descentralizados no pueden intervenir en las decisiones públicas, y los mandatos son delegados.
La Constitución de 1991, valida la planeación como instrumento primordial de la gestión pública, de obligación y estricto cumplimiento, que debe ser participativa. Las limitaciones que ella tiene deben ser corregidas para que el sistema de planeación pueda cumplir con sus cometidos sociales.
Hasta que no se rompa la cadena central (Estado), los concejos no podrán aplicar una correcta planeación.
Con la facultad que da la Constitución del 91, los Concejos han escalado un poco, para exigir se escuche las propuestas en los planes de desarrollo y no sean creados detrás de un escritorio y ordenado del gobierno central la aplicación al mismo. Hay que tener en cuenta que también se toman atribuciones que no son de su competencia. Les fueron asignadas funciones de seguimiento y esto es de competencia de los gobernantes de turno y diputados.
Hacia la construcción de un sistema nacional de planeación; hasta la fecha la ley orgánica no ha sido aprobada, por las inconsistencias en ella.
En la propuesta para la reforma de la Ley Orgánica, se debe dar participación a los usuarios de los territorios en unión de la Administración para la formulación del plan de desarrollo rural, Municipal, para su metodología y evaluación por parte de la Dirección Nacional Planeación.
AUTORA: MIGDONIA NAVIA
Adentrándome en el documento “NOTAS Y PROPUESTAS” EL SISTEMA NACIONAL DE PLANEACION EN COLOMBIA de Fabio E. Velásquez C., vemos que el Estado Desarrollista según como lo denomina SUNKEL, buscaba modernizar la Región, siendo el Estado quien promovía el desarrollo económico, fortaleciendo el carácter de estado intervencionista, “siendo la planificación un instrumento bien importante”, en Colombia este proceso se manifestó paralelamente a este modelo de desarrollo, se considera que sus inicios se remontan hacia los años 20 y 30, con aportes de gobiernos como los de los Expresidentes López Pumarejo, LLeras Restrepo siendo en este último que se institucionalizó la planeación en Colombia, como un instrumento que le permitiera diagnosticar la ”situación económica y social, pública y privada”, direccionando la actividad económica, resultando una experiencia positiva.
Sin embargo, “este proceso se vio duramente afectado hacia los años 60 por una tendencia contradictoria ante los requerimientos de un Estado para el cumplimiento de sus funciones económicas y sociales y el crecimiento burocrático acelerado en algunos países, ante el estancamiento de las exportaciones disminuyeron los ingresos y aumentaron las demandas sociales y económicas” abocando al país a endeudarse externamente, situación esta que no solo afecto a Colombia sino a los demás países de Latinoamérica que se vieron obligados a efectuar “cambios productivos, para algunos difíciles de afrontar”.
Como toda crisis genera cambios se buscaron nuevos modelos de desarrollo basados en 2 ”racionalidades”. “La Racionalidad del Mercado y la Racionalidad de la concertación”, siendo la primera la que induce a una reducción de la intervención del Estado que el mismo Nozick la llamo “Estado Mínimo”, donde no exista ningún tipo de coerción ya que es inmoral y atenta contra la libertad individual, por tanto se debe evitar la máxima intervención del Estado. Siendo el mercado el que sustituya al Estado en la regulación de los recursos y distribución del ingreso convirtiéndose en el ordenador económico, responsable del orden y la integración social, en otras palabras se encarga de asumir las funciones que enmarcaban el Estado Desarrollista.
“La racionalidad de la concertación, de estructura neoliberalista priorizando criterios de eficiencia, desburocratización del Estado y la competitividad clave para el crecimiento”, que a su vez azoló el campo social por el crecimiento de desigualdades, aumento de la pobreza, concentración de capital y de propiedad, recesión económica obligó al gobierno a modificar la relación entre Estado, Economía y Sociedad, buscando crecimiento y productividad de la mano con la “equidad y democracia” donde no importa tanto el tamaño del estado sino la capacidad de desarrollar una gestión eficaz concertada con los diferentes actores sociales y políticas en busca de bienestar lo que le permitiría asumir los retos de la economía internacional, fortaleciendo sus instituciones, resolviendo de una manera democrática los conflictos donde surge la importancia de “planeación como instrumento clave para la construcción de estrategias para solucionar problemas a corto, mediano y largo plazo”.
Es así como en la Constitución Nacional de 1991 se crea el “Sistema Nacional de Planeación” como instrumento primordial de la gestión pública, por tanto de obligatorio cumplimiento, señalando plazos específicos reglamentados por Ley, para que ayude al cumplimiento de los fines sociales del Estado, convirtiendo los planes de gobierno en un espacio de participación a través de los Consejos de Planeación y como instrumentos de evaluación de la gestión de los gobernantes, con sus inicios en la década de los sesenta con el “Plan Decenal del Presidente Lleras Camargo”, el “Plan Trienal”, “Cuatro Estrategias de Pastrana”, “el Plan de Integración Nacional”, “el Cambio de Equidad pacífica” (Gaviria), “el Salto Social de Samper”.
De igual manera, siendo los Consejos de Planeación un espacio de participación y concertación se evidenció que el resultado del ejercicio de concertación depende de la voluntad política de algunos sectores que no tienen clara la importancia de las relaciones que deben existir entre gobierno y ciudadanía, limitándose al cumplimiento de un mandato legal, lo que se evidenció en la poca preparación técnica de los consejeros en cuanto a temas de planeación lo que no arrojó resultados importantes para la elaboración de los planes desconociendo el sentir ciudadano, sino por el contrario asumieron el papel de revisores de planes previamente elaborados. Experiencia esta que reflejó la debilidad del Sistema Nacional talvez por los vacíos jurídicos muy conocidos en la construcción de algunas leyes o por el concepto cerrado en la misma Ley Orgánica de Planeación, evidenciando una reforma a dicha ley en la que contemple aspectos tales como el principio de participación, prevalencia en la metodología de evaluación, direccional el contenido de los planes territoriales, donde se precisen las calidades mínimas de los miembros de los Consejos de Planeación, se entregue a los consejos funciones en materia de seguimiento y evaluación, se capacite a los integrantes del consejo. Aspectos estos claramente citados en el texto que se acaba de resumir.
AUTORA: ADRIAN URRESTI
En el siglo pasado hacia la década de los 30 coinciden con la recesión de los Estados Unidos y fortaleciendo en algunos países después de la segunda guerra mundial se plantearon cambios fundamentales en la economía y manejo del estado para impulsar de manera categóricas el desarrollo de los países tercer mundistas para lo cual para lo cual se dio la necesidad de la modernización regional, para ello se trataba de promover la industrialización apoyar el sector privado.
Articular el mercado mediante el transporte y las telecomunicaciones , mejorar la educación crear fuentes de financiación ,importar tecnologías establecer las empresas publicas del estado ,promover los servicios públicos y sociales ,garantizar entre otras la seguridad es decir buscar como norte la racionalidad capitalista, fortaleciendo el estado intervencionista y por consecuencia la planificación como un instrumento clave de la gestión publica
En Colombia se fue dando este proceso con la revolución en marcha de López Pumarejo quien estableció la función social de la propiedad y la dirección de la economía por parte del estado y la planeación en Colombia se establece con la reforma constitucional del 68 durante la administración de lleras Restrepo dentro de todo este proceso se fueron dando con distintos gobiernos los planes de desarrollo tales como el plan decenal de lleras Camargo , el trienal de lleras ,y las 4 estrategias de Pastrana para cerrar la brecha con López Michelsen ,el plan de integración de Turbay Ayala, el cambio de equidad pacifica de Gaviria ,el salto social de Samper, la seguridad democrática de Álvaro Uribe.
Por consecuencia el apoyo estatal crea la dinámica de la economía al nivel interno y externo produjo como consecuencia el desbalance del estado y con el fin de poder subsanar ese déficit del estado se recurrió a la deuda externa el peor flagelo de la economía de los estados en desarrollo su avance no tubo como base la producción ,si no el crédito se dio por lo tanto la necesidad nuevos modelos de desarrollo compitiendo la racionalidad del mercado y la racionalidad de la concertación en la década del 70 comenzó a imponerse con mucha fuerza el recetario neoliberal ,dándole al mercado la función de ordenador económico y responsable del orden y la integración social en ambos racionalidades se dieron sus falencias por un lado se crea el estado “mínimo” es decir un estado que reduce su intervención y por otro se dio el aumento de niveles de pobreza , la concentración de el capital y la propiedad en ciertas circunstancias la recesión económica.
La constitución del 91 y la planeación
En la constitución del 91 se crea el sistema llamado sistema nacional de planeación y se define como obligación de los gobiernos, tanto nacional, como territorial como un deber que hay que cumplir en plazos específicos tuvieron que darse reformas orgánicas para poder que el sistema de planeación cumplieron con su cometido de contribuir a los fines sociales de la acción del estado.
Las experiencia de los concejos de planeación en el país se fue fortaleciendo el concepto de la democracia participativa a través de estor concejos dándole fuerza con sus argumentos a la creación de los planes desarrollo , no faltaron en algunos casos la definición de alivios morales sin efecto sustanciales en el desarrollo social ,tenían también en muchas cosas en el pero ,concejos formados por personas sin conocimiento y formación en el concepto de planeación por lo tanto no se podía pedir petas al olmo
Hacia un sistema nacional de planeación se hizo necesario la creación en la ley orgánica de planeación de una idea solidad y clara de el sistema nacional de planeación teniendo como elemento básico los principios orientados de La practica planificadora y un subsistema normativo conformado por las normas constitucionales ,la ley orgánica y decretos reglamentarios
Propuesta para la reforma de la ley orgánica
Principio de prevalencia, precisión sobre una metodología de evaluación y un sistema de indicadores, generado por la dirección nacional de planeación, además se establecieron requisitos mínimos para la elaboración de los concejos, amplían el cronograma para la formulación, estudio y aprobación del plan de desarrollo y dar a los concejos funciones de seguridad y evaluación
AUTORA: KAREN ASTRID URRUTIA
El Estado necesitaba una herramienta que le permitiera reflejar la situación económica y social y guiar de manera coordinada la actividad económica tanto del sector público como del sector privado y esa herramienta fue la planeación por lo cual se empezaron a crear planes de desarrollo.A comienzos de la década de los setenta el Estado carecía de recursos para desarrollar actividades económicas , sociales y financiar el crecimiento del aparato burocrático de algunos países y por otro la do las exportaciones que era la fuente más importante para la financiación de la actividad estatal se estancaron lo que genero una crisis y obligo al Estado a contraer una deuda externa que de momento fue una solución pero más adelante la deuda fue ampliándose desproporcionadamente lo que obligo a muchos países a realizar cambios internos que posiblemente muchos no los iban a soportar.Coyunturalmente y debido a la crisis que se estaba atravesando y en la búsqueda de soluciones aparecen dos tipos de racionalidades que empiezan a competir entre si:La primera llamada racionalidad del mercado que proponía minimizar la intervención del Estado en actividades económicas y sociales y que fuera el mercado el encargado de regular al asignación de los recursos y la distribución del ingreso, para lo cual se hace necesario reformar y modernizar el Estado para hacerlo más eficiente, se constituyeron estrategias centrales de reforma Estatal formulando políticas de reducción del gasto público y liberación de precios , reducción de la nomina del sector publico entre otros dentro del desarrollo de estas nuevas estrategias la planeación de desarrollo ya no es pieza clave y aunque no la desecharon completamente sus funciones son limitadas.El segundo tipo de racionalidad es la de concertación donde el eje de la discusión ya no es el tamaño del Estado sino la capacidad que este tenga para desarrollar una gestión que involucre criterios de eficiencia como claves de la acción económica y estatal , la desburocratización del estado y la competitividad como un ingreso de crecimiento . Implementar un racionalidad de concertación entre los distintos actores sociales y políticos plasmando que el Estado es capaz de plantear una visión estratégica del desarrollo y que mediante el dialogo y la concertación todos los sectores se comprometan buscando alternativas de progreso, colocando al Estado como un concertador de voluntades y no como un obstáculo en la búsqueda del bienestar en un contexto de globalización y transformación tecnológica. Un modelo de planeación participativa que involucre a todos los grupos sociales y económicos y que no sea solo el agente político de unos pocos grupos que tienen intereses económicos logrando dar soluciones a los problemas de corto, mediano y largo plazo.La Constitución Colombiana plasma la planeación como instrumento primordial de la gestión publica crea el sistema llamado el Sistema Nacional de Planeación y asimismo obliga a los gobiernos tanto Nacional como Territoriales a que desarrollen la planeación dentro del ejercicio de sus funciones cumpliendo unos plazos específicos establecidos en la ley también se toma como punto de referencia para medir la gestión de los gobernantes y finalmente se concibe como un escenario de participación a través de los consejos de planeación.
UN mecanismo de participación utilizado por el país fue el experimentado a través de los consejos de planeación que lograron una amplia cobertura cuantitativamente.
Los consejos fueron una pieza clave de participación, las propuestas elaboradas a partir de las discusiones de estos consejos constituyeron la mayoría de veces un ingrediente importante para la redacción de las propuestas finales de planes de desarrollo, se intercambiaron ideas de representantes de diferentes sectores sociales colombianos que amplio y enriqueció los debates sobre desarrollo y bienestar de los Colombianos, aunque también estos tuvieron sus deferencias ya que algunos actuaban bajo el supuesto de que su designación como miembros del consejos les daba autonomía de opinión y decisión con respecto a los sectores que representaban lo cual minimizo la participación ciudadana y produjo desconocimiento de los problemas de cada región, esto convirtió al os consejos en círculos cerrados en grupos elitistas desconectados de la voz ciudadana.
En parte esas deficiencias se explican por la ausencia de una ley orgánica de planeación de una idea sólida de lo que es el sistema Nacional de Planeación, se crea la necesidad de definir más integralmente ese sistema y de iniciar su construcción de cara al futuro comprendiendo elementos tales como: los principios orientadores de la practica planificadora, un subsistema normativo, un subsistema institucional , un subsistema de información, un subsistema de capacitación y que cada unos de estos despliegue una serie de elementos que se hacen necesarios poner en practica el desarrollo de cada elemento.Dentro de este ámbito se formulan unas propuestas para la reforma de la ley orgánica como por ejemplo el principio de participación: ampliar el alcance de la participación a todas las fases o momentos del proceso de planeación y posibilitar el uso de mecanismos de participación consignados en la Constitución, principio de prevalencia: los planes de desarrollo tienen carácter prevalente sobre las acciones de las autoridades del Estado en la realización de sus estrategias y programas de inversión y gasto público.
Incorporar normas de la ley 9/1989 sobre esa materia en los que hace a la parte estratégica del plan, precisar calidades mínimas de los miembros de los consejos territoriales, ampliar el cronograma para lo formulación estudio y aprobación del plan de desarrollo, entregar a los consejos funciones en materia de seguimiento y evaluación del plan y de estudio y análisis de de los presupuestos y planes de inversión, incluir un articulo sobre sistema de capacitación para los miembros de los consejos de planeación, hacer explicito el carácter de los consejos como organismos independientes, autónomos, de carácter consultivo que actúen en representación de la sociedad civil.”
1. AMPLIACION DEL TEMA LA EXPERIENCIA DE LOS CONSEJOS DE PLANEACION:Los consejos de planeación son una herramienta calve dentro del desarrollo de la gestión pública, si son bien utilizados, son un mecanismo participativo que involucra todos los sectores sociales y donde cada cual expresa sus necesidades tratando entre todos de brindarle la mejor solución posible, esa seria la esencia y razón de ser de estos consejos.
Sin embargo, se les ha dado otra interpretación convirtiéndose en círculos cerrados donde los únicos que opinan son los representantes de cada sector y no se tiene en cuenta el resto de la comunidad sus necesidades no son conocidas por lo cual muy seguramente no podrán ser resueltas, creo que esta es una de las principales causas por la cual la gestión pública no ha podido mejorar la calidad de vida de la sociedad en general pues no comparten con ellos ni realizan procesos participativos donde todos aporten y apunten hacia un desarrollo colectivo y no individual.
La mayoría de lideres cuando llegan al poder olvidan quienes fueron los que le permitieron llegar donde están, se cierran únicamente en sus propias necesidades y dejan a un lado las de los demás no intercambian ideas ni les interesa la forma de pensar de otros y limitan su trabajo a los que a su consideración es importante, muchas veces ni siquiera conocen las fortalezas con las que cuenta su propio territorio y así es muy difícil formular estrategias que generen progreso y bienestar a su territorio, los consejos son una forma de llegarle a cada sector en incluirlo en los procesos de transformación y desarrollo que se adelantan.
AUTORA: EDITH ADRIANA MUÑOZ TORRES
En la que se obtuvieron altos índices de crecimiento y un mejoramiento en los índices de calida de vida de la población, y el crecimiento del PIB en los países en Desarrollo, la planeación jugo un papel muy importante en este escenario donde se permitía orientar de una manera ordenada la actividad económica, tanto publica como privada, en la consolidación institucional de la Planeación.Pero fue hasta comienzo de la década de los setenta donde se incremento el déficit del sector publico, El estado se ve en la necesidad de recursos que le permitieran ejercer sus funciones económicas y sociales y el estancamiento de las exportaciones. Lo llevaron hacer momentáneamente aliviado por la deuda externa, que cada vez se fue ampliando. Lo que obligaba a los países a operar un cambio productivo interno rápido, que muchos de ellos no podían encarar, en la búsqueda de nuevos modelos que dieran solución a esta crisis comenzaron a competir dos tipos de racionalidades la de mercado y de concertación. En la de mercado el estado que reduzca su intervención al mínimo, de esta forma es el mercado y no el estado el encargado de regular la asignación de recursos y la distribución del ingreso. El mercado asume, la función de ordenador económico y responsable del orden y la integración social. Entre las medidas para desarrollar esta estrategia era evidente la reducción del gasto publico y liberación de precios, reducción de la nomina del sector publico, eliminación de los subsidios, la descentralización y la privatización de los servicios.
La racionalidad de la concertación, supone que el estado es capaz de plantear una visión estratégica del desarrollo y comprometer, constructivamente, mediante el dialogo y la concertación, a todos los sectores de esta estrategia.
La constitución de 1991, recoge elementos la Planeación como instrumento primordial de la gestión publica para lo cual crea los sistemas nacionales de Planeación, como una obligación de los gobiernos, tanto nacionales como territoriales, pero vemos como la experiencia de los consejos de Planeación es normalmente de carácter formal, en sentido de cumplir el requisito de ley sin darle un papel sustantivo, y en muchos casos no es un proyecto de plan si no un plan ya aprobado por el concejo municipal, lo que lleva a muchos consejos a que no hicieran aportes sustantivo y un debate no fundamentado a la propuesta de gobernadores y alcaldes, estas son claras evidencias de algunas deficiencias de la ley orgánica de Planeación de lo que es una idea sólida que es el sistema nacional de Planeación debe comprender por lo menos los siguientes elementos, los principios orientadores de la practica planificadora, un subsistema normativo, de autoridades de capacitación de información. Además se deben reformar algunos principios como de participación y prevalecía. Incorporar las normas de la ley 9ª y sobre todo precisar calidades mínimas de los entes territoriales, ampliar el cronograma para la formulación, estudio y aprobación del plan de desarrollo, incluir sobre el sistema de capacitación para miembros de los consejos de Planeación, a cargo de entidades como la DNP, ESAP, ONG , hacer explicito el carácter de los consejos como organismos independientes, autónomos y el financiamiento de los concejos”.