“Notas y Propuestas. El Sistema Nacional de Planeación en Colombia”.
Grupo No 5.
Autor: Nelson A. Díaz F.
El segundo punto hace referencia a las “dos racionalidades” que se dió en un momento de “coyuntura el cual buscaba nuevos modelos de desarrollo que dieron solución a una situación de crisis”. La racionalidad de mercado, que se da por la necesidad de reformar el Estado, modernizarlo, hacerlo más eficiente, reducir su tamaño. La racionalidad de la concertación se da por la implementación de modelos neoliberales, se da “importancia a criterios de eficiencia claves de la acción económica y estatal”, juega un papel importante a la competitividad, al crecimiento económico, aumentar el empleo productivo y mejorar la distribución del ingreso.
El tercer punto, nuestra Constitución Política “recoge elementos de la planeación como instrumento primordial de la gestión pública”, se crea el “Sistema Nacional de Planeación”. En los niveles nacional y territorial es una “política obligatoria de cumplimiento”
El cuarto punto, “La experiencia de los Consejos de Planeación”, se refiere a la participación como un importante logro desde el punto de vista de “democratizar la gestión pública y de modernizar las estructuras administrativas”. Este proceso se convierte en un eje fundamental para elaborar los planes de desarrollo.
El quinto punto, “Hacia la construcción de un Sistema Nacional de Planeación”, debe realizarse de manera integral. “La ausencia en la ley orgánica de planeación, da una idea sólida de lo que es el Sistema Nacional de Planeación” .El sistema debe comprender los siguientes elementos: “Los principios orientadores de la práctica orientadora, un sub-sistema normativo, un sub-sistema institucional, un sub-sistema de información y un sub-sistema de capacitación”.
El sexto punto, “Propuestas para la reforma de la ley Orgánica de Planeación”, plantea el principio de participación a todas las fases del proceso de planeación, el principio de prevalencia, en donde los planes de desarrollo tienen prioridad sobre las acciones de las autoridades del Estado en la realización de sus estrategias y programas de inversión y gasto público”. Precisa que “se requiere una mayor precisión sobre una metodología de evaluación y un sistema de indicadores a cargo del DNP, en el contenido de los planes territoriales e incorporar las normas de le ley 9a. De 1989 por cuanto a la parte estratégica del Plan por cuanto la ley 152 es ambigua en este aspecto”.
Los compromisos del Estado frente al cumplimiento de objetivos del milenio
Finalizando el pasado milenio, más de 190 jefes de Estado y de Gobierno, decidieron dar un paso contundente hacia la construcción de un mundo más humano y más equitativo. En la Cumbre del Milenio, celebrada en la Sede de Naciones Unidas en el año 2000, se comprometieron a tomar las decisiones efectivas que permitieran hacia el año 2015, bajar la pobreza de sus pueblos a la mitad, mejorar significativamente los niveles de analfabetismo y escolaridad, avanzar en el respeto a la equidad entre hombres y mujeres, reducir sensiblemente la mortalidad materna e infantil, así como enfermedades de impacto como el SIDA, la malaria o la tuberculosis; generar un modelo de desarrollo respetuoso del medio ambiente y propiciar a nivel mundial una auténtica “sociedad para el desarrollo”.
La Organización de las Naciones Unidas, recibió el encargo de acompañar a los gobiernos y pueblos del mundo en esta trascendental responsabilidad, la ONU en Colombia, en cumplimiento de este mandato, viene trabajando con el Gobierno Colombiano a todos sus niveles, en la elaboración de un diagnóstico que sirva de base para conocer la situación de Colombia.
En este orden de ideas, y dada la importancia del proceso de planificación, resulta necesario que el Gobierno Nacional apoye a las distintas autoridades con herramientas, respetando su autonomía, que les permitan elaborar planes de desarrollo que orienten la gestión de la entidad territorial, que cumplan con los contenidos mínimos y la estructura básica definidas en la Ley 152 de 1994, y garanticen la articulación con los otros niveles de gobierno.
Lograr que en Colombia se disminuyan efectivamente los niveles de pobreza y se alcancen las metas del milenio, es una tarea ardua y requiere del compromiso de todos y todas. Desde los niveles locales, debemos trabajar conjuntamente con las Administraciones Municipales en la formulación de diagnósticos locales y de planes de compromiso con los Objetivos del Milenio.
Bibliografía:
· Departamento Nacional de Planeación, DNP. http://www.dnp.gov.co/
· Alfredo Witschi-Cestari
Coordinador Residente y Humanitario del Sistema de Naciones Unidas en Colombia y Representante Residente del PNUD.
Autor: Álvaro Albeiro
La Planeación en Colombia tuvo su iniciación en el año de 1.930 bajo la orientación del Presidente López Pumarejo cuando la planificación era más a iniciativa del Gobierno; a mediados del Siglo XX, la reforma busca crear planes que sirvan de marco en la inversión del recurso público.
En 1.968 en el mandato del Presidente Lleras Restrepo se institucionalizó la planeación en Colombia, y entre los años 50 y 70 se alcanzaron los índices más altos en calidad de vida de la población. El Gobierno hace inversión social en infraestructura, se crean empresas estatales, se distribuyen mejor el ingreso y también se brinda apoyo a la empresa privada, entre otros.
Sin embargo a partir de los años 70 surge una crisis económica, el déficit presupuestal se hizo notar, se estancan las importaciones, disminución del ingreso y muchos otros factores que redundan en una crisis donde el Gobierno busca como alternativa el endeudamiento con recursos de la Banca Extranjera, creándose un fenómeno para el país que hasta el momento nos acompaña como es la Deuda Externa.
Además la crisis da paso a reformas constitucionales que contribuyen a la privatización de factores como: Los servicios, reducción del gasto, reducción de la nómina en el sector público, se desmontan organizaciones o empresas prestadoras de servicios públicos entre muchos otros, contribuyendo así al crecimiento del nivel de pobreza, la desigualdad social, concentración del capital, etc.
En todo el proceso de crisis, la planeación pasa a un segundo plano.
Surge entonces la Reforma Constitucional de 1.991 que estipula en sus Artículos 339 el cual crea del Plan Nacional de Desarrollo, el 340 crea del Consejo Nacional de Planeación y el 341 crea de los Planes Territoriales de Desarrollo. Los cuales se convierten en una herramienta de obligatorio cumplimiento para los Gobiernos local, departamental y nacional, para acceder a los recursos del Estado, es decir para el procesamiento, elaboración y ejecución de los consejos de planeación con amplia convocatoria a la sociedad civil, donde se discute y se toman decisiones para la búsqueda de soluciones a toda la problemática, es decir que la elaboración del Plan de Desarrollo debe ser con amplia participación de la comunidad.
Para concluir puedo decir que la planeación en Colombia se ha realizado de dos formas: la primera antes de la reforma constitucional de 1991 que la planeación era centralizada (representativa) y la segunda, después de la reforma constitucional de 1991 que la planeación se hace con grandes discusiones de sociedad civil, es de carácter participativo.
Autor: Ingrid Paola
Modernización del Estado y planeaciòn
La planeación surgió en Colombia, y en América Latina, como un proceso estrechamente ligado a la consolidación de lo que Sunkel denomina el Estado “desarrollista,” cuya misión principal fue impulsar el proceso modernizador en la región; asumiendo la responsabilidad de promover el desarrollo económico, la acumulación de capital y de proveer las garantías sociales necesarias para el despliegue de una racionalidad capitalista de corte modernizante, implicando con ello el fortalecimiento del carácter intervencionista del Estado y la introducción de la planificación como uno de los instrumentos claves de la gestión pública.
En Colombia este proyecto se inicio en los años veinte – treinta de este siglo y tuvo como hitos importantes el programa de la “Revolución en marcha” del presidente López Pumarejo, quien introdujo la idea de la función social de la propiedad y de la dirección de la economía a cargo del Estado, y la reforma constitucional de 1968, durante la administración del presidente Lleras Restrepo, la cual consagro e institucionalizó la planeación en Colombia. Como resultado de este perfil, las economías latinoamericanas entre los años 50 y 70 obtuvieron altos índices de crecimiento y un mejoramiento de vida de la población, especialmente la urbana.
El Estado desarrollo entonces cuatro mecanismos claves: a) Mecanismos financieros para subsidiar la actividad industrial privada, b) De redistribución del ingreso, a través de una política social, de seguridad y de previsión. c) De intervención para ampliar la infraestructura económica d) De creación de empresas productivas estatales.
Obviamente, la plantación jugo un papel importante ya que el Estado requirió de un instrumento que le permitiera diagnosticar la situación económica y social y orientar de manera ordenada la actividad económica tanto publica como privada, en donde florecieron los planes de desarrollo.
A comienzos de la década del setenta se fue desarrollando una doble tendencia contradictoria: de un lado la creciente necesidad de recursos por parte del Estado para ejercer sus funciones económicas y sociales y financiar el crecimiento y de otro lado el estancamiento de las exportaciones que era una de las fuentes mas importantes de financiación de la actividad estatal. Esto incremento sustancialmente el déficit del sector público, que momentáneamente fue aliviado por la deuda externa. Paralelamente, el proceso de sustitución de importaciones se fue agotando, lo que implicaba un cambio de estrategia hacia el sector externo. La consigna era: “exportar o morir”.
Las dos racionalidades
A consecuencia de lo anterior se produjo a la búsqueda de nuevo modelos de desarrollo, comenzaron entonces a competir dos tipos de racionalidades:
La racionalidad del mercado: En esta forma, es el mercado, y no el Estado, el encargado de regular la asignación de los recursos y la distribución del ingreso. El mercado asume pues, la función de ordenador económico y responsable del orden y la integración social.
La racionalidad de la concertación: Esta busca ser, por tanto, una opción democrática en tanto intente integrar las aspiraciones y demandas de los distintos sectores de la población para construir un futuro compartido. Dos conceptos inspiran, pues, este paradigma: la participación y la representación. La primera alude a la posibilidad de que distintos sectores puedan intervenir directamente en las decisiones públicas mientras que la segunda se refiere a la soberanía y a la delegación del mandato.
En este nivel, la planeación recupera un nuevo perfil como instrumento clave para la construcción de imágenes estratégicas a escala nacional, regional, y local y para la generación de acuerdos entre partes. Tiene que ser por tanto, una planificación mas prospectiva, participativa y que logre combinar soluciones a los problemas de corto, mediano y largo plazo.
La Constitución del 91 y la planeación
De alguna manera, la Constitución colombiana recoge los elementos de este contexto: en primer lugar, valida la planeación como instrumento primordial de la gestión pública para lo cual crea el sistema llamado “sistema nacional de planeación”. En segundo lugar, la define como una obligación y los gobiernos, tanto nacionales como territoriales, como un deber que hay que cumplir en plazos específicos reglamentados por la Ley.
La Experiencia de los Consejos de Planeación
La convocatoria y posterior funcionamiento de estos consejos, constituye de por si un importante logro en la perspectiva de democratizar la gestión pública y de modernizar las estructuras administrativa.
Una debilidad puesta en evidencia en no pocos casos fue la baja calificación de los consejeros en los aspectos técnicos de la planeación y en el conocimiento a fondo de los problemas de las regiones y/o los municipios; haciendo menos productivo el trabajo de algunos consejos y reducía la posibilidad de que hicieran un aporte sustantivo y un debate fundamentado a la propuesta de alcaldes y gobernadores.
Hacia la construcción de un Sistema Nacional de Planeación.
La ausencia La Ley Orgánica de Planeación parte de la necesidad de definir mas integralmente ese sistema y de iniciar su construcción de cara al futuro, en donde primen los principios orientadores de la práctica planificadora, un subsistema normativo, institucional, de información y de capacitación, tanto de los miembros de los consejos como de los funcionarios municipales y de la ciudadana en general.
Propuesta para la reforma de la Ley Orgánica
En esta reforma se hace énfasis en el principio de de participación en donde se amplié el alcance de la participación a todas las fases del proceso de la planeación y el principio de la prevalecía en donde los planes de desarrollo tienen carácter prevalerte sobre las acciones de las autoridades del Estado en la realización de sus estrategias y programas de inversión y gasto público.
También resalta la importancia en la reforma del contenido de los Planes territoriales, carácter del Concejo de Planeación, financiamiento de los consejos y vocería ante corporaciones públicas.
3. Fuentes de Consulta de los siguientes temas:
· La reforma del Estado y la Descentralización
· Los compromisos del Estado frente al cumplimiento de los objetivos de Desarrollo del Milenio – ODM.
Rta/ Consulta realizada en Internet de la pagina: Alfredo witfchi – cestari Coordinador Residente y Humanitario del sistema de Naciones Unidas en Colombia y Representante del PNUD.
Autor: Lucy Mirella
I. Modernización del Estado y Planeación.
La planeación surgió en Colombia y en América Latina, en el siglo pasado hacia los años treinta y en especial después de la segunda guerra mundial y su objetivo principal fue impulsar el proceso de modernización en la región, buscando la creación de estados desarrollistas, caracterizado por la implementación de políticas para promover el desarrollo económico, la acumulación de capital es decir el fortalecimiento del carácter intervencionista del Estado y la introducción de la planificación como uno de los instrumentos claves de la gestión pública, comprende actividades tales como:
-Sustitución de importaciones y promoción de la industrialización nacional.
- Impulso y protección al sector privado de la economía.
- Desarrollo de las infraestructuras de transporte y comunicaciones.
-Desarrollo de talentos humanos.
-Creación de instituciones para otorgar créditos de fomento productivo.
-Facilitar el acceso a insumos, bienes de capital y la importación de tecnología.
- Proveer por parte del estado los servicios públicos y sociales, tales como la educación, la salud, la vivienda, agua potable, etc.
Como resultado de este intervencionismo del Estado las economías de Latinoamérica, entre los años 50 y 70 presentaron un significativo crecimiento y un mejoramiento de los índices de la calidad de vida de la población, especialmente en la del sector urbano.
En resumen, las cuatro funciones claves desempeñadas por el estado fueron:
- Subsidio de la actividad industrial privada.
- Redistribución del ingreso, a través de una política social de seguridad y de previsión.
- Inversión para ampliar la infraestructura económica.
-Creación de empresas productivas estatales.
El Estado en todos estos procesos requirió de una valiosa herramienta que le permitiera diagnosticar la situación económica y social y entonces tienen auge los planes de desarrollo. Producto de estos procesos se incrementaron también las demandas de inversión en sectores económicos y sociales y por consiguiente el crecimiento del déficit fiscal y del endeudamiento como fórmula para cubrir esas deficiencias.
II. Las dos racionalidades.
Surge entonces la necesidad de buscar nuevos modelos de desarrollo que dieran soluciones a la crisis, entonces surgen dos posiciones:
La racionalidad del mercado. En la década de los setenta comienza a imponerse entonces el modelo neoliberal, caracterizado por la mínima intervención del estado y dejando que el mercado actué libremente en la economía y ejerza su función de ordenador económico y responsable del orden y la integración social. El Estado solo limita su actuar a la regulación de la asignación de los recursos y la redistribución del ingreso.
Surge entonces la necesidad de modernizar el estado, buscando nuevas estrategias para desmontar el estado paternalista y benefactor e iniciar la focalización y priorización del gasto social.
La racionalidad de la concertación: La implementación del modelo neoliberal, exige el manejo eficiente de la acción económica y estatal para garantizar la competitividad, por una parte. De otra implica generar inconvenientes de orden social, tales como el crecimiento de las desigualdades sociales, el aumento de los niveles de pobreza, la concentración del capital y la propiedad, entre otras.
Para superar estos efectos negativos, se incluyen criterios de desarrollo como la equidad y la democracia, reflejados en la visión de construir desarrollo mediante el dialogo y la concertación de todos los sectores sociales.
III. La Constitución del 91 y la Planeación.
La Constitución, valido la Planeación como instrumento primordial de la gestión pública y creo el sistema nacional de planeación.
La definió como una obligación, que deben asumir los gobiernos tanto del orden nacional como del orden territorial.
Genero espacios de participación en este proceso a través de la implementación de los Consejos Territoriales de Planeación.
Con la expedición de la Ley 152 de 1994, orgánica de planeación se busco la integración de las intenciones planteadas en la Constitución.
IV. La experiencia de los consejos de planeación.
Si bien es cierto que a lo largo y ancho del país se conformaron estos Consejos de Planeación, en su mayoría obedecieron al cumplimiento de una formalidad establecida para la aprobación de los planes de desarrollo de los entes territoriales.
Se han tenido deficiencias en cuanto a la convocatoria para su participación, en cuanto a la conformación y en especial en cuanto a las calidades y cualidades de sus integrantes.
V. Hacia la construcción de un sistema nacional de planeación.
La ley orgánica de planeación, presenta una serie de deficiencias, en especial en torno al sistema nacional de planeación, de ahí que se hace necesaria fortalecerla en su desarrollo.
VI. Propuestas para la reforma de la Ley orgánica.
Se plantea la necesidad de:
- Mejorar los mecanismos de participación activa de todos los sectores sociales.
- Prevalecer los planes de desarrollo en las acciones tomadas por el Estado.
- Mejorar las metodologías implementadas por el DNP para la evaluación del sistema.
- Requerir calidades mínimas para los integrantes de los Consejos de Planeación.
- Entre otras.